Derecho y Regulación
Supremo condena por falso autónomo tras 17 años de relación laboral
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo condena a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals a abonar la diferencia entre la pensión reconocida y la que correspondería tras 17 años de falsa relación de autonomía. Esta sentencia refuerza la doctrina jurisprudencial sobre relaciones laborales encubiertas y sus consecuencias en materia de Seguridad Social. Los laboralistas deben considerar las implicaciones de esta decisión para casos similares, especialmente en el sector audiovisual y medios públicos. La resolución establece precedentes sobre la responsabilidad empresarial en las diferencias de cotización y prestaciones derivadas de la calificación incorrecta de la relación contractual.